Santa Elena

"Transformamos la despedida en un acto de amor y gratitud."

Asociate

Bienvenido, estamos felices de recibirte en la ASOCIACION MUTUAL SANTA ELENA, En este camino, vamos a acompañarte y brindarte una asesoría personalizada, para que despejes todas tus dudas.

Requisitos de Afiliación para el asociado:
  • Ser mayor de 14 años y menor de 60 años.
  • Diligenciar y firmar formato de afiliación.
  • Presentar documento de identidad original, y una copia ampliada de la cédula.
  • Pagar la inscripción y 4 semanas de contribución.
Beneficiarios:

Tienes la posibilidad de incluir en tu grupo familiar hasta 8 beneficiarios, y deben cumplir con las siguientes características:

Edad Entre 0 y 59 años (antes de cumplir 60 años).
Consanguinidad
  • 1°, 2°, 3°, 4° grado de consanguinidad
  • 1°, 2° de afinidad
  • Cónyuge o compañero permanente, hijos, nietos, hermanos y sobrinos.
Mayores de 60 años Solo se permite incluir como beneficiarios los padres de quien figure como asociado. Deben gozar de buena salud al momento de la inscripción al grupo familiar.
Otros beneficiarios Se permite incluir beneficiarios que no se encuentren dentro del grado de consanguinidad o afinidad, salvo declaración juramentada ante notaría del conocimiento de la persona por más de 5 años o convivencia permanente.
Ejemplo: Hijastros, padrastros, hermanastros, hijos sustitutos.
Documentos El asociado debe presentar copia de los documentos de identidad de los beneficiarios:
  • Registro civil
  • Tarjeta de identidad
  • Cédula de ciudadanía
  • Declaración juramentada según se requiera

El asociado es la única persona autorizada para inscribir los beneficiarios.


Categoría Detalles
Derechos de admisión
  • No se podrá inscribir como asociado o beneficiario a personas que, a la fecha de inscripción, tengan diagnosticada una enfermedad terminal.
  • En caso de reclamación del auxilio antes de un (1) año desde la afiliación, se deberá presentar la declaración médica sobre la causa de la muerte para verificar la fecha del diagnóstico.
  • Si se comprueba que el diagnóstico era conocido antes de la afiliación, no será procedente la entrega del auxilio funerario.
Cobertura Los nuevos asociados y sus beneficiarios tendrán derecho a los servicios y beneficios de la asociación mutual a partir de los 30 días después de haber sido aceptados como asociados o beneficiarios, salvo caso fortuito antes de cumplido este plazo, o lo descrito en el artículo 4 del presente reglamento.